Sancionan a agencia y anunciante por publicidad discriminatoria
La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Junín sancionó, en un procedimiento iniciado de oficio y en primera instancia, a una agencia de publicidad y a un anunciante por difundir en Huancayo anuncios que inducían, reforzaban o legitimaban la discriminación por orientación sexual.
La Comisión aplicó el principio de adecuación social (artículo 18 del Decreto Legislativo N.° 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal) y señaló que la libertad de expresión comercial no ampara publicidad que promueva o normalice conductas discriminatorias.
Impuso multas de 15 UIT a la agencia y de 10 UIT al anunciante, y ordenó que se abstengan de difundir contenidos similares. La Resolución N.° 254-2026/INDECOPI-JUN puede ser apelada ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia.
Por qué importa: tanto el anunciante como la agencia responden por el contenido de la publicidad, por lo que conviene revisar las campañas antes de difundirlas.
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